Revista "Humanismo y Trabajo Social"
Escuela Universitaria de Trabajo Social
"Ntra. Sra. del Camino"
Universidad de León
Selene de la Fuente GarcíaCuestiones jurídicas del matrimonio romaní. El matrimonio religioso evangélico sin inscripción registralRESUMENLa comunidad gitana cuenta con una gran riqueza cultural que la identifica como minoría. Uno de sus rituales más característicos es el matrimonio por el rito gitano. En nuestro país se conceden efectos civiles a las uniones matrimoniales celebradas por la vía canónica o civil, quedando exentas las celebradas por los ritos culturales de las minorías o mediante otras religiones que sin la posterior inscripción registral. “La Nena” fue uno de los casos más emblemáticos, dado que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció efectos civiles a una unión matrimonial celebrada por el rito gitano, otorgándole el derecho a la pensión de viudedad a la mujer. Desde entonces, se han iniciado varios procedimientos similares donde entra en juego otros elementos como es la religión.
En este trabajo se analizarán dos procedimientos judiciales, comparándolos con el caso de La Nena, para así conocer las argumentaciones establecidas por las diferentes instancias administrativas y judiciales, además de fuentes doctrinales específicas en la materia. La finalidad principal es dilucidad si se ha podido producir algún tipo de discriminación por la pertenencia étnica o adscripción a una confesión religiosa.PALABRAS CLAVEGitanos, matrimonio, reconocimiento civil, discriminación, igualdad[Artículo completo]